¿La SBS pone la mira sobre los grandes holdings?
Mientras la atención pública estaba concentrada en otros temas, la SBS aprobó la Resolución N.° 01959-2026. A primera vista parece una modificación técnica al Reglamento de Gobierno Corporativo y Gestión Integral de Riesgos. Sin embargo, introduce un cambio importante. Antes, el centro de la supervisión era la empresa financiera supervisada. Ahora, cuando exista supervisión consolidada, la empresa responsable deberá procurar que todas las entidades del grupo financiero o grupo consolidable incorporen estándares compatibles de gobierno corporativo y gestión integral de riesgos. El foco deja de ser una sola empresa y pasa a ser el conglomerado completo.
Existe otro dato que resulta llamativo. Según la documentación sobre el Club Nacional, las familias Romero, Brescia y Rodríguez Pastor figuran entre las que mantienen membresías documentadas en esa institución, tradicionalmente identificada como uno de los principales espacios de relación de la élite económica peruana. Es decir, la reforma incide precisamente sobre los conglomerados financieros controlados por algunos de los grupos económicos más influyentes del país.
Pero el escenario financiero ya no está integrado únicamente por esos actores tradicionales. En los últimos años también ingresó Bank of China (Perú), filial de uno de los mayores conglomerados financieros del mundo. La resolución no distingue entre holdings nacionales o extranjeros. Tampoco establece categorías especiales según el origen del capital. Su texto es general y fortalece la supervisión consolidada sobre los grupos financieros comprendidos en ese régimen.
La norma tampoco dice qué conglomerados serán supervisados con mayor intensidad ni cómo ejercerá la SBS estas nuevas facultades en la práctica. Ese será el aspecto realmente importante de observar. Las leyes muestran su verdadero alcance cuando comienzan a aplicarse. Solo entonces podrá evaluarse si la supervisión consolidada se ejerce con criterios uniformes sobre todos los holdings o si determinados conglomerados terminan recibiendo una atención regulatoria más intensa que otros.
Por Iván Oré Chávez
Abogado y politólogo. Ha sido distinguido con el primer lugar del I Concurso Nacional de Investigación Jurídica, realizado en el marco de la III Convención Nacional de Derecho Constitucional (CONADEC 2003), por la investigación Historia social de las Constituciones; obtuvo el primer lugar del VII Seminario Taller de Investigación Jurídica de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, categoría Tesistas, por la investigación Libre mercado y AFPs (2004); recibió el tercer lugar del II Concurso de Artículos de Investigación Jurídica «La familia desde la perspectiva de los derechos humanos», organizado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Comisión de Magistrados del Área de Familia, la Corte Superior de Justicia de Lima y el Centro de Investigaciones Judiciales (2011); y fue ganador del Concurso de Ponencias del I Congreso Internacional de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social, organizado por la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, con la ponencia Mirada crítica de la reforma de la Ley N.° 32155 (2025). Asimismo, integra la nómina de colaboradores de la Revista Crítica de Ciencias Sociales y Jurídicas «Nómadas», editada por la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología de la Universidad Complutense de Madrid.
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