sábado, septiembre 26, 2026

¿Qué está realmente probado de “La otra China”?

¿Qué está realmente probado de “La otra China”?


La revista Hildebrandt en sus trece, en su edición del 25 de septiembre de 2026, publicó el reportaje “La otra China”, firmado por Shanna Taco Loaiza. El texto reconstruye la trayectoria de Susy Ysabel Aponte Polo, “La China Polo”, asesinada seis días antes, el 19 de septiembre, durante una actividad de campaña en el mercado La Explanada de Caraz. El reportaje combina antecedentes judiciales, investigaciones fiscales y testimonios de periodistas y fuentes que atribuyen a Aponte diversos actos de corrupción, presión política y cobros vinculados con su actividad periodística. Hildebrandt en sus trece

Pero existe un problema que obliga a leer el reportaje con cuidado: no todo lo que allí se cuenta tiene el mismo valor probatorio. Una sentencia firme no equivale a una imputación fiscal; una imputación fiscal no equivale a una condena; y ninguna de las dos equivale al testimonio de una fuente que afirma que alguien hizo determinada cosa. Además, varias de las acusaciones testimoniales aparecen publicadas cuando Aponte ya ha sido asesinada y, por tanto, ya no puede responderlas. Eso no convierte las acusaciones en falsas, pero sí obliga a preguntar, una por una: ¿qué está realmente probado?

 

1. Las condenas anteriores: sí están probadas.

Este es uno de los puntos más sólidos del reportaje. Existen documentos oficiales que registran dos sentencias condenatorias firmes contra Susy Aponte Polo: una por falsedad ideológica y otra por falsificación de documentos, ambas con penas privativas de libertad suspendidas. La fuente primaria es la Resolución N.º 00537-2026-JEE-HRAZ/JNE, del Jurado Electoral Especial de Huaraz, que recoge la información remitida por el Poder Judicial. Plataforma Histórico

La precisión es importante porque algunas publicaciones han confundido los años de los expedientes con los años de las sentencias. La primera condena corresponde al Expediente N.º 1299-2013, por falsedad ideológica, pero la sentencia fue dictada el 30 de septiembre de 2015 por el Tercer Juzgado Penal de Lima Norte: tres años de pena privativa de libertad suspendida por tres años. La segunda corresponde al Expediente N.º 33885-2010, por falsificación de documentos, pero la sentencia fue dictada el 7 de diciembre de 2017 por la Sexta Sala Penal de Reos Libres de Lima: tres años de pena privativa de libertad suspendida por un año. Plataforma Histórico

La misma resolución del JEE originó otra controversia: esas sentencias no aparecían en la declaración jurada digital de Aponte. Su defensa sostuvo que sí habían sido consignadas en una hoja de vida física y que la omisión se produjo al trasladar la información al sistema. El JEE no aceptó el descargo y dispuso su exclusión de aquella candidatura. Las dos condenas existieron y quedaron firmes. Lo que debe corregirse son sus fechas: 2010 y 2013 corresponden a los expedientes; las sentencias son de 2015 y 2017.


2. La existencia del caso “Los Elegantes de Áncash”: probada. La culpabilidad de China Polo: no.

Las páginas de la disposición fiscal reproducidas por Hildebrandt en sus trece demuestran que existió una investigación y que el Ministerio Público imputó a Susy Aponte Polo haber integrado y liderado la presunta banda denominada “Los Elegantes de Áncash”. La hipótesis fiscal sostenía que funcionarios, servidores y tramitadores vinculados a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Áncash habrían cobrado dinero para facilitar irregularmente trámites relacionados con licencias de conducir. En septiembre de 2025, la Fiscalía solicitó 18 meses de prisión preventiva contra Aponte como presunta líder de la organización; posteriormente se informó de un requerimiento fiscal de 12 años y 8 meses de pena. infobae

Pero esto permite hacer una distinción fundamental: la investigación contra China Polo no apareció después de su asesinato. Existía cuando estaba viva y había alcanzado una fase procesal considerable. Y ella también pudo responder. En septiembre de 2025 negó públicamente las imputaciones, sostuvo que había sido investigada durante aproximadamente tres años sin conocer la investigación y denunció una supuesta persecución por parte de fiscales de Áncash. Aponte formuló esas acusaciones contra la Fiscalía; su versión existe y debe consignarse junto con la acusación fiscal. infobae

Lo que no aparece hasta ahora es una sentencia condenatoria firme por “Los Elegantes de Áncash” que permita afirmar como hecho judicialmente establecido que Aponte dirigía una banda criminal. Solicitar prisión preventiva, formular una acusación o requerir doce años y ocho meses de pena demuestra hasta dónde había avanzado la tesis del Ministerio Público; no sustituye una sentencia condenatoria. Por tanto, la formulación correcta continúa siendo: está probada la existencia de la investigación y de la imputación fiscal; no está probada mediante sentencia la culpabilidad de China Polo en ese caso.


3. Que obtenía S/40.000 semanales: no puede presentarse como un hecho probado

El reportaje señala que, según la Fiscalía, el negocio de las licencias podía generar hasta S/40.000 semanales. También refiere que colaboradores eficaces habrían señalado depósitos realizados a personas del entorno de Aponte, entre ellas su esposo, Jorge Luis Tello Bardales, y una empresa representada por su hija.

Pero aquí vuelve a ser indispensable separar categorías. Una cosa es afirmar que la Fiscalía sostuvo que existía ese flujo de dinero y otra muy diferente afirmar que China Polo efectivamente obtenía S/40.000 semanales procedentes de actividades ilícitas.

Para establecer lo segundo habría que examinar el expediente completo: estados bancarios, depósitos, fechas, titulares de las cuentas, pericias contables, declaraciones de colaboradores eficaces y, especialmente, las corroboraciones independientes de esas declaraciones Sin esa comprobación, los S/40.000 deben seguir siendo presentados como parte de la hipótesis fiscal, no como una cantidad ilícita judicialmente acreditada.


4. La supuesta fotografía de Gamarra Alor tomada por China Polo: no está probada con lo presentado

Aquí el salto probatorio es considerablemente mayor. El reportaje recuerda la fotografía difundida durante el gobierno regional de Luis Gamarra Alor, en la que este aparecía semidesnudo junto a un maletín y fajos de billetes. Luego introduce al periodista Hugo Gonzales, quien declara: “Nuestras fuentes nos informaron que la foto había sido tomada por la China Polo”.

La expresión es importante: “nuestras fuentes nos informaron”. En las páginas publicadas no aparece una pericia de la fotografía, un archivo original con metadatos, una declaración de Gamarra identificando a Aponte como autora, un mensaje de ella reconociéndolo ni otro elemento documental que permita comprobar quién tomó la fotografía.

Todavía más grave es la segunda acusación: Gonzales sostiene que Aponte habría coaccionado a Gamarra Alor a cambio de no hacer pública la imagen. Tampoco se exhibe en esas páginas un mensaje, audio, denuncia, expediente fiscal o declaración directa de Gamarra que pruebe esa supuesta coacción. Por tanto, con los elementos mostrados por la revista, no puede afirmarse como hecho probado ni que China Polo tomara aquella fotografía ni que utilizara la imagen para coaccionar a Gamarra. Lo probado es algo mucho más limitado: que Hugo Gonzales afirma que sus fuentes se lo dijeron.


5. La coordinación para vacar a Juan Carlos Morillo: se alega la existencia de una prueba, pero no se exhibe

Este episodio es distinto porque Hildebrandt afirma que existe un elemento material: audios. Según Ydelfonzo Espinoza, una persona perteneciente al círculo íntimo de China Polo proporcionó grabaciones que ella misma habría realizado. En esos audios, sostiene Espinoza, se escucharía a Aponte coordinando la salida del gobernador Juan Carlos Morillo con Vladimir Meza, presentado por la revista como un empresario constructor interesado en la vacancia. Aquí existe una diferencia respecto del episodio Gamarra: se afirma que existe una grabación.

Pero en las páginas examinadas la revista no reproduce el archivo sonoro, tampoco ofrece una transcripción extensa que permita conocer exactamente qué se dijo, ni proporciona una pericia que permita establecer su autenticidad, integridad, fecha y contexto. Por tanto, mientras no se examine ese material, lo que puede afirmarse es que Hildebrandt dice haber recibido o conocido unos audios cuyo contenido tendría ese sentido. No corresponde transformar automáticamente la descripción periodística de la grabación en un hecho demostrado.


6. Que China Polo cobraba para hacer reportajes: tampoco queda probado por lo publicado

El reportaje introduce otra acusación delicada: que Aponte habría cobrado dinero relacionado con la realización de reportajes. La revista recoge el testimonio de Lusbeth Solórzano, quien sostiene que China Polo pidió S/3.000 y que el dinero fue entregado. El propio texto explica, sin embargo, que Aponte habría solicitado el dinero por un problema de “logística”. El reportaje finalmente se publicó en octubre de 2024.

Por tanto, incluso si pudiera acreditarse que efectivamente recibió S/3.000, todavía habría que determinar por qué concepto se entregó el dinero. Cobrar gastos de producción o logística para realizar un trabajo no demuestra por sí mismo un acto ilícito, una extorsión o un pago destinado a alterar el contenido periodístico.

Existe además otra acusación difundida después del asesinato: Ydelfonzo Espinoza sostuvo que Aponte habría utilizado investigaciones periodísticas para presionar a autoridades y mencionó un caso relacionado con la Municipalidad Distrital de San Marcos. Sin embargo, la propia información publicada sobre esas declaraciones reconoce que no presentó documentación que acreditara un pago o una extorsión consumada. N60 Noticias

Para convertir estas acusaciones en hechos probados serían necesarios comprobantes de transferencias, conversaciones, recibos, testimonios corroborados o algún otro elemento que permita establecer no solamente que hubo dinero, sino qué se pactó a cambio de ese dinero.


7. Los chats de “La Jauría” y su posible relación con el asesinato: la investigación ha avanzado, pero la conexión no está probada.

Este punto requiere especial cuidado porque, después de publicado el reportaje de Hildebrandt, aparecieron nuevas informaciones sobre la investigación del asesinato. Los chats y comunicaciones vinculados con “Los Pulpos” y “La Jauría” están siendo examinados por la Fiscalía. Según información publicada el 24 de septiembre, el fiscal provincial Raúl Godos analiza registros de mensajería, audios y otras comunicaciones en las que Aponte aparece mencionada dentro del contexto de disputas entre esos grupos. Pero esas comunicaciones siguen formando parte de las diligencias y su contenido, autoría y significado deben ser corroborados por el Ministerio Público. Caretas

Por eso continúa siendo incorrecto tomar una frase como “Ahí tenemos a la China Polo de la mano, ella nos va a apoyar también” y convertirla automáticamente en prueba de que Aponte colaboraba con “La Jauría”. Aun suponiendo auténtico el chat, demuestra inicialmente lo que un tercero decía sobre China Polo, no que ella hubiera aceptado colaborar con esa organización. De hecho, información policial publicada esta semana señaló que todavía no existían elementos que permitieran vincular a “Los Pulpos” con el asesinato, mientras se mantenían abiertas otras hipótesis. Panamericana Televisión

La investigación del homicidio sí ha avanzado materialmente. El Poder Judicial dispuso 15 días de detención preliminar contra Luis Obispo Díaz y Ronald Toro, investigados por presunto sicariato. La medida se computa desde el 19 de septiembre y vence el 4 de octubre. Las autoridades investigan ahora la logística, el financiamiento y, especialmente, quién ordenó el asesinato. El Comercio Perú

Sin embargo, hay que tener especial cautela con algunas noticias posteriores. Determinados medios han presentado a Luis Obispo Díaz como un “sicario confeso” y han publicado supuestos detalles proporcionados por él sobre la planificación del crimen. Willax Pero el 24 de septiembre, el fiscal Raúl Godos, responsable de la investigación, declaró expresamente que Obispo todavía no había prestado declaración formal y negó las versiones según las cuales ya habría identificado a la persona que ordenó matar a Aponte. La República Esta contradicción obliga a no convertir versiones periodísticas sobre una supuesta confesión en hechos procesalmente establecidos.

Finalmente, existe otro elemento que necesariamente debe acompañar cualquier examen de los posibles móviles: China Polo denunció amenazas antes de morir. El 10 de septiembre, nueve días antes del asesinato, afirmó públicamente haber recibido llamadas desde tres establecimientos penitenciarios advirtiéndole de un supuesto atentado y señaló directamente al general PNP Víctor Revoredo. Esas declaraciones están documentadas porque Aponte las realizó estando viva. El País

Por tanto, la actualización refuerza, y no debilita, la conclusión original: hay detenidos, existen comunicaciones bajo análisis y la Fiscalía investiga un posible crimen por encargo; pero todavía no está públicamente establecido quién ordenó matar a China Polo, cuál fue el móvil definitivo ni que “La Jauría” o “Los Pulpos” fueran los autores intelectuales. Mucho menos puede utilizarse un chat en el que terceros hablan de ella como prueba suficiente de que China Polo pertenecía o colaboraba con una organización criminal.


Una omisión que no puede ignorarse: China Polo denunció amenazas antes de morir

Existe, finalmente, otro elemento imprescindible para comprender el contexto en el cual aparece este reportaje. China Polo habló antes de que la asesinaran. Días antes del crimen denunció públicamente amenazas contra su vida y afirmó que había recibido llamadas procedentes de tres establecimientos penitenciarios. También realizó señalamientos contra el general PNP Víctor Revoredo y otras personas. Las investigaciones disponibles hasta ahora no han establecido públicamente que esas acusaciones expliquen el asesinato ni que las personas señaladas por Aponte tengan responsabilidad en él. infobae

Pero hay una diferencia fundamental: esas denuncias existen porque ella misma las hizo cuando estaba viva. No son versiones construidas por terceros después de su muerte. Y, al cierre de la información disponible, el móvil intelectual del asesinato continúa bajo investigación. infobae


El problema de hablar cuando la persona ya no puede responder.

Ese es precisamente el punto que obliga a leer “La otra China” con particular rigor. El reportaje fue publicado por Hildebrandt en sus trece el 25 de septiembre de 2026. Susy Aponte Polo había sido asesinada el 19 de septiembre. Es decir, varias de las acusaciones testimoniales que ahora adquieren difusión nacional aparecen publicadas cuando la persona acusada ya no puede responderlas, contradecirlas ni presentar su propia documentación. Hildebrandt en sus trece

La circunstancia no convierte automáticamente en verdaderas las declaraciones de Hugo Gonzales, Ydelfonzo Espinoza, Lusbeth Solórzano ni de las fuentes anónimas utilizadas por la revista. De hecho, la controversia sobre hablar de Aponte después de su asesinato ya se produjo públicamente: Rodrigo González cuestionó que se difundieran determinadas acusaciones y antecedentes cuando ella ya no podía defenderse. infobae

Por eso conviene separar escrupulosamente tres categorías que el lector podría terminar confundiendo al leer el reportaje de corrido: sentencias firmes, que constituyen hechos judicialmente establecidos; imputaciones fiscales, que acreditan que el Ministerio Público formuló una acusación pero no que esta haya sido demostrada mediante sentencia; y testimonios, fuentes anónimas y afirmaciones periodísticas, cuya veracidad depende de la evidencia que pueda corroborarlas.

En el caso de “La otra China”, hay elementos sólidos y documentados, particularmente sus dos antiguas condenas y la existencia real de la investigación de “Los Elegantes de Áncash”. Pero varias de las afirmaciones más graves y llamativas del reportaje —la supuesta fotografía utilizada contra Gamarra, la presunta coacción, determinadas maniobras políticas, los cobros vinculados con reportajes y la interpretación de los chats de “La Jauría”— no aparecen, con la documentación publicada hasta ahora, demostradas con el mismo nivel de certeza. Esa diferencia no es menor. Es precisamente la diferencia entre contar que alguien fue acusado de algo y afirmar que realmente lo hizo.

 

La paradoja del reportaje: exigir pruebas sin mostrar las propias.

Aquí aparece una contradicción difícil de ignorar. Una de las críticas centrales contra China Polo es que habría utilizado sus medios para lanzar acusaciones contra otras personas sin demostrar suficientemente lo que decía. Sin embargo, cuando el reportaje pasa a acusarla, en varios momentos hace algo parecido: sostiene que habría tomado la fotografía de Gamarra Alor y luego lo habría coaccionado basándose en fuentes que no identifica; menciona audios sobre maniobras políticas, pero no los reproduce; habla de cobros por reportajes sin demostrar que fueran pagos ilícitos; y utiliza lo que terceros dijeron sobre ella en chats de “La Jauría” sin acreditar que existiera realmente una relación con esa organización.

Se produce así un efecto espejo, que en lenguaje corriente podría llamarse “proyección”: se reprocha a China Polo convertir acusaciones en hechos sin mostrar las pruebas, pero algunas de las acusaciones formuladas contra ella tampoco vienen acompañadas de pruebas suficientes para que el lector pueda verificarlas. Y existe una diferencia todavía más delicada: China Polo está muerta y ya no puede responder. Por eso el estándar debería ser incluso mayor. Si el reproche era que ella lanzaba barro sin probarlo, no se puede demostrar ese reproche lanzándole barro sin mostrar las propias pruebas.

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