¿Qué está realmente probado de “La otra China”?
La
revista Hildebrandt en sus trece, en su edición del 25
de septiembre de 2026, publicó el reportaje “La
otra China”, firmado por Shanna Taco Loaiza. El texto
reconstruye la trayectoria de Susy Ysabel Aponte Polo, “La China Polo”,
asesinada seis días antes, el 19 de septiembre, durante una actividad de
campaña en el mercado La Explanada de Caraz. El reportaje combina antecedentes
judiciales, investigaciones fiscales y testimonios de periodistas y fuentes que
atribuyen a Aponte diversos actos de corrupción, presión política y cobros
vinculados con su actividad periodística. Hildebrandt en sus trece
Pero
existe un problema que obliga a leer el reportaje con cuidado: no
todo lo que allí se cuenta tiene el mismo valor probatorio. Una
sentencia firme no equivale a una imputación fiscal; una imputación fiscal no
equivale a una condena; y ninguna de las dos equivale al testimonio de una
fuente que afirma que alguien hizo determinada cosa. Además, varias de las
acusaciones testimoniales aparecen publicadas cuando Aponte ya ha sido
asesinada y, por tanto, ya no puede responderlas. Eso no convierte las
acusaciones en falsas, pero sí obliga a preguntar, una por una: ¿qué
está realmente probado?
1. Las condenas anteriores: sí están probadas.
Este
es uno de los puntos más sólidos del reportaje. Existen documentos oficiales
que registran dos sentencias condenatorias firmes
contra Susy Aponte Polo: una por falsedad ideológica y otra por falsificación
de documentos, ambas con penas privativas de libertad suspendidas. La fuente
primaria es la Resolución N.º 00537-2026-JEE-HRAZ/JNE,
del Jurado Electoral Especial de Huaraz, que recoge la información remitida por
el Poder Judicial. Plataforma Histórico
La
precisión es importante porque algunas publicaciones han confundido los años de
los expedientes con los años de las sentencias. La primera condena corresponde
al Expediente N.º 1299-2013, por falsedad ideológica, pero
la sentencia fue dictada el 30 de septiembre de 2015 por el
Tercer Juzgado Penal de Lima Norte: tres años de pena privativa de libertad
suspendida por tres años. La segunda corresponde al Expediente
N.º 33885-2010, por falsificación de documentos, pero la
sentencia fue dictada el 7 de diciembre de 2017 por la Sexta
Sala Penal de Reos Libres de Lima: tres años de pena privativa de libertad
suspendida por un año. Plataforma Histórico
La
misma resolución del JEE originó otra controversia: esas sentencias no
aparecían en la declaración jurada digital de Aponte. Su defensa sostuvo que sí
habían sido consignadas en una hoja de vida física y que la omisión se produjo
al trasladar la información al sistema. El JEE no aceptó el descargo y dispuso
su exclusión de aquella candidatura. Las dos condenas existieron y quedaron firmes.
Lo que debe corregirse son sus fechas: 2010 y 2013 corresponden a los expedientes; las
sentencias son de 2015 y 2017.
2. La existencia del caso “Los Elegantes de Áncash”:
probada. La culpabilidad de China Polo: no.
Las
páginas de la disposición fiscal reproducidas por Hildebrandt en sus
trece demuestran que existió una investigación y que el Ministerio
Público imputó a Susy Aponte Polo haber integrado y
liderado la presunta banda denominada “Los Elegantes de
Áncash”. La hipótesis fiscal sostenía que funcionarios, servidores y
tramitadores vinculados a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones
de Áncash habrían cobrado dinero para facilitar irregularmente trámites
relacionados con licencias de conducir. En septiembre de 2025, la Fiscalía
solicitó 18 meses de prisión preventiva
contra Aponte como presunta líder de la organización; posteriormente se informó
de un requerimiento fiscal de 12 años y 8 meses de pena. infobae
Pero
esto permite hacer una distinción fundamental: la investigación contra
China Polo no apareció después de su asesinato. Existía cuando
estaba viva y había alcanzado una fase procesal considerable. Y ella también
pudo responder. En septiembre de 2025 negó públicamente las imputaciones,
sostuvo que había sido investigada durante aproximadamente tres años sin
conocer la investigación y denunció una supuesta persecución por parte de
fiscales de Áncash. Aponte formuló esas acusaciones contra la Fiscalía; su
versión existe y debe consignarse junto con la acusación fiscal. infobae
Lo
que no aparece hasta ahora es una sentencia condenatoria firme por “Los Elegantes de
Áncash” que permita afirmar como hecho judicialmente
establecido que Aponte dirigía una banda criminal. Solicitar prisión
preventiva, formular una acusación o requerir doce años y ocho meses de pena
demuestra hasta dónde había avanzado la tesis del Ministerio Público; no
sustituye una sentencia condenatoria. Por tanto, la formulación
correcta continúa siendo: está probada la existencia de la investigación y de
la imputación fiscal; no está probada mediante sentencia la culpabilidad
de China Polo en ese caso.
3. Que obtenía S/40.000 semanales: no puede presentarse
como un hecho probado
El
reportaje señala que, según la Fiscalía, el negocio de las licencias podía
generar hasta S/40.000 semanales. También
refiere que colaboradores eficaces habrían señalado depósitos realizados a
personas del entorno de Aponte, entre ellas su esposo, Jorge Luis Tello
Bardales, y una empresa representada por su hija.
Pero
aquí vuelve a ser indispensable separar categorías. Una cosa es afirmar que la
Fiscalía sostuvo que existía ese flujo de dinero y otra muy
diferente afirmar que China Polo efectivamente obtenía S/40.000 semanales
procedentes de actividades ilícitas.
Para
establecer lo segundo habría que examinar el expediente completo: estados
bancarios, depósitos, fechas, titulares de las cuentas, pericias contables,
declaraciones de colaboradores eficaces y, especialmente, las corroboraciones
independientes de esas declaraciones Sin esa comprobación, los S/40.000 deben
seguir siendo presentados como parte de la hipótesis fiscal, no
como una cantidad ilícita judicialmente acreditada.
4. La supuesta fotografía de Gamarra Alor tomada por
China Polo: no está probada con lo presentado
Aquí
el salto probatorio es considerablemente mayor. El reportaje recuerda la
fotografía difundida durante el gobierno regional de Luis
Gamarra Alor, en la que este aparecía semidesnudo junto a un
maletín y fajos de billetes. Luego introduce al periodista Hugo Gonzales, quien
declara: “Nuestras fuentes nos informaron que la foto había sido tomada por la
China Polo”.
La
expresión es importante: “nuestras fuentes nos informaron”. En
las páginas publicadas no aparece una pericia de la fotografía, un archivo
original con metadatos, una declaración de Gamarra identificando a Aponte como
autora, un mensaje de ella reconociéndolo ni otro elemento documental que
permita comprobar quién tomó la fotografía.
Todavía
más grave es la segunda acusación: Gonzales sostiene que Aponte habría
coaccionado a Gamarra Alor a cambio de no hacer pública la imagen. Tampoco se
exhibe en esas páginas un mensaje, audio, denuncia, expediente fiscal o
declaración directa de Gamarra que pruebe esa supuesta coacción. Por tanto, con
los elementos mostrados por la revista, no puede afirmarse como hecho probado ni que China
Polo tomara aquella fotografía ni que utilizara la imagen para coaccionar a
Gamarra. Lo probado es algo mucho más limitado: que Hugo
Gonzales afirma que sus fuentes se lo dijeron.
5. La coordinación para vacar a Juan Carlos Morillo: se
alega la existencia de una prueba, pero no se exhibe
Este
episodio es distinto porque Hildebrandt afirma que existe un
elemento material: audios. Según Ydelfonzo Espinoza,
una persona perteneciente al círculo íntimo de China Polo proporcionó grabaciones
que ella misma habría realizado. En esos audios, sostiene Espinoza, se
escucharía a Aponte coordinando la salida del gobernador Juan Carlos Morillo
con Vladimir Meza, presentado por la revista como un
empresario constructor interesado en la vacancia. Aquí existe una diferencia
respecto del episodio Gamarra: se afirma que existe una grabación.
Pero
en las páginas examinadas la revista no reproduce el archivo sonoro, tampoco
ofrece una transcripción extensa que permita conocer exactamente qué se dijo,
ni proporciona una pericia que permita establecer su autenticidad, integridad,
fecha y contexto. Por tanto, mientras no se examine ese material, lo que puede
afirmarse es que Hildebrandt dice haber recibido o conocido unos
audios cuyo contenido tendría ese sentido. No corresponde
transformar automáticamente la descripción periodística de la grabación en un
hecho demostrado.
6. Que China Polo cobraba para hacer reportajes:
tampoco queda probado por lo publicado
El
reportaje introduce otra acusación delicada: que Aponte habría cobrado dinero
relacionado con la realización de reportajes. La revista recoge el testimonio
de Lusbeth Solórzano, quien sostiene que China Polo pidió S/3.000
y que el dinero fue entregado. El propio texto explica, sin embargo, que Aponte
habría solicitado el dinero por un problema de “logística”.
El reportaje finalmente se publicó en octubre de 2024.
Por
tanto, incluso si pudiera acreditarse que efectivamente recibió S/3.000,
todavía habría que determinar por qué concepto se entregó el dinero.
Cobrar gastos de producción o logística para realizar un trabajo no demuestra
por sí mismo un acto ilícito, una extorsión o un pago destinado a alterar el
contenido periodístico.
Existe
además otra acusación difundida después del asesinato: Ydelfonzo Espinoza
sostuvo que Aponte habría utilizado investigaciones periodísticas para
presionar a autoridades y mencionó un caso relacionado con la Municipalidad
Distrital de San Marcos. Sin embargo, la propia información publicada sobre
esas declaraciones reconoce que no presentó documentación que acreditara un pago o
una extorsión consumada. N60 Noticias
Para
convertir estas acusaciones en hechos probados serían necesarios comprobantes
de transferencias, conversaciones, recibos, testimonios corroborados o algún
otro elemento que permita establecer no solamente que hubo dinero, sino qué
se pactó a cambio de ese dinero.
7. Los chats de “La Jauría” y su posible relación con
el asesinato: la investigación ha avanzado, pero la conexión no está probada.
Este
punto requiere especial cuidado porque, después de publicado el reportaje de Hildebrandt,
aparecieron nuevas informaciones sobre la investigación del asesinato. Los
chats y comunicaciones vinculados con “Los Pulpos” y “La Jauría” están
siendo examinados por la Fiscalía. Según información publicada el 24 de
septiembre, el fiscal provincial Raúl Godos analiza registros de mensajería,
audios y otras comunicaciones en las que Aponte aparece mencionada dentro del
contexto de disputas entre esos grupos. Pero esas comunicaciones siguen
formando parte de las diligencias y su contenido, autoría y significado deben ser
corroborados por el Ministerio Público. Caretas
Por
eso continúa siendo incorrecto tomar una frase como “Ahí tenemos a la China
Polo de la mano, ella nos va a apoyar también” y convertirla automáticamente en
prueba de que Aponte colaboraba con “La Jauría”. Aun suponiendo auténtico el
chat, demuestra inicialmente lo que un tercero decía sobre China Polo,
no que ella hubiera aceptado colaborar con esa organización. De hecho,
información policial publicada esta semana señaló que todavía no existían
elementos que permitieran vincular a “Los Pulpos” con el asesinato, mientras se
mantenían abiertas otras hipótesis. Panamericana Televisión
La
investigación del homicidio sí ha avanzado materialmente. El Poder Judicial
dispuso 15 días de detención preliminar contra Luis Obispo
Díaz y Ronald Toro, investigados por presunto sicariato. La
medida se computa desde el 19 de septiembre y vence el 4 de octubre. Las
autoridades investigan ahora la logística, el financiamiento y, especialmente, quién
ordenó el asesinato. El Comercio Perú
Sin
embargo, hay que tener especial cautela con algunas noticias posteriores.
Determinados medios han presentado a Luis Obispo Díaz como un “sicario
confeso” y han publicado supuestos detalles proporcionados por
él sobre la planificación del crimen. Willax Pero el 24
de septiembre, el fiscal Raúl Godos, responsable de la
investigación, declaró expresamente que Obispo todavía no había prestado
declaración formal y negó las versiones según las cuales ya
habría identificado a la persona que ordenó matar a Aponte. La República Esta contradicción obliga a no
convertir versiones periodísticas sobre una supuesta confesión en hechos
procesalmente establecidos.
Finalmente,
existe otro elemento que necesariamente debe acompañar cualquier examen de los
posibles móviles: China Polo denunció amenazas antes de morir.
El 10 de septiembre, nueve días antes del asesinato, afirmó públicamente haber
recibido llamadas desde tres establecimientos penitenciarios advirtiéndole de
un supuesto atentado y señaló directamente al general PNP Víctor Revoredo. Esas
declaraciones están documentadas porque Aponte las realizó estando viva. El País
Por tanto, la actualización refuerza, y no debilita, la conclusión original: hay detenidos, existen comunicaciones bajo análisis y la Fiscalía investiga un posible crimen por encargo; pero todavía no está públicamente establecido quién ordenó matar a China Polo, cuál fue el móvil definitivo ni que “La Jauría” o “Los Pulpos” fueran los autores intelectuales. Mucho menos puede utilizarse un chat en el que terceros hablan de ella como prueba suficiente de que China Polo pertenecía o colaboraba con una organización criminal.
Una omisión que no puede ignorarse: China Polo denunció
amenazas antes de morir
Existe,
finalmente, otro elemento imprescindible para comprender el contexto en el cual
aparece este reportaje. China Polo habló antes de que la asesinaran. Días
antes del crimen denunció públicamente amenazas contra su vida y afirmó que
había recibido llamadas procedentes de tres establecimientos penitenciarios.
También realizó señalamientos contra el general PNP Víctor Revoredo y otras
personas. Las investigaciones disponibles hasta ahora no han establecido
públicamente que esas acusaciones expliquen el asesinato ni que las personas
señaladas por Aponte tengan responsabilidad en él. infobae
Pero
hay una diferencia fundamental: esas denuncias existen porque ella misma las hizo
cuando estaba viva. No son versiones construidas por terceros
después de su muerte. Y, al cierre de la información disponible, el móvil
intelectual del asesinato continúa bajo investigación. infobae
El problema de hablar cuando la persona ya no puede
responder.
Ese
es precisamente el punto que obliga a leer “La otra China”
con particular rigor. El reportaje fue publicado por Hildebrandt
en sus trece el 25 de septiembre de 2026. Susy
Aponte Polo había sido asesinada el 19 de septiembre. Es decir, varias
de las acusaciones testimoniales que ahora adquieren difusión nacional aparecen
publicadas cuando la persona acusada ya no puede responderlas, contradecirlas ni
presentar su propia documentación. Hildebrandt en sus trece
La
circunstancia no convierte automáticamente en verdaderas las declaraciones de
Hugo Gonzales, Ydelfonzo Espinoza, Lusbeth Solórzano ni de las fuentes anónimas
utilizadas por la revista. De hecho, la controversia sobre hablar de Aponte
después de su asesinato ya se produjo públicamente: Rodrigo González cuestionó
que se difundieran determinadas acusaciones y antecedentes cuando ella ya no
podía defenderse. infobae
Por
eso conviene separar escrupulosamente tres categorías que el lector podría
terminar confundiendo al leer el reportaje de corrido: sentencias
firmes, que constituyen hechos judicialmente establecidos; imputaciones
fiscales, que acreditan que el Ministerio Público formuló una
acusación pero no que esta haya sido demostrada mediante sentencia; y testimonios,
fuentes anónimas y afirmaciones periodísticas, cuya veracidad
depende de la evidencia que pueda corroborarlas.
En
el caso de “La otra China”, hay elementos
sólidos y documentados, particularmente sus dos antiguas condenas y la
existencia real de la investigación de “Los Elegantes de Áncash”. Pero varias
de las afirmaciones más graves y llamativas del reportaje —la supuesta
fotografía utilizada contra Gamarra, la presunta coacción, determinadas
maniobras políticas, los cobros vinculados con reportajes y la interpretación
de los chats de “La Jauría”— no aparecen, con la documentación publicada hasta
ahora, demostradas con el mismo nivel de certeza. Esa
diferencia no es menor. Es precisamente la diferencia entre contar
que alguien fue acusado de algo y afirmar que realmente lo hizo.
La paradoja del reportaje: exigir pruebas sin mostrar las propias.
Aquí
aparece una contradicción difícil de ignorar. Una de las críticas centrales
contra China Polo es que habría utilizado sus medios para lanzar acusaciones
contra otras personas sin demostrar suficientemente lo que decía. Sin embargo,
cuando el reportaje pasa a acusarla, en varios momentos hace algo parecido:
sostiene que habría tomado la fotografía de Gamarra Alor y luego lo habría
coaccionado basándose en fuentes que no identifica; menciona audios sobre
maniobras políticas, pero no los reproduce; habla de cobros por reportajes sin
demostrar que fueran pagos ilícitos; y utiliza lo que terceros dijeron sobre
ella en chats de “La Jauría” sin acreditar que existiera realmente una relación
con esa organización.
Se
produce así un efecto espejo, que en lenguaje
corriente podría llamarse “proyección”: se reprocha a China Polo convertir
acusaciones en hechos sin mostrar las pruebas, pero algunas de las acusaciones
formuladas contra ella tampoco vienen acompañadas de pruebas suficientes para
que el lector pueda verificarlas. Y existe una diferencia todavía más delicada:
China Polo está muerta y ya no puede responder. Por eso
el estándar debería ser incluso mayor. Si el reproche era que ella lanzaba
barro sin probarlo, no se puede demostrar ese reproche lanzándole barro
sin mostrar las propias pruebas.
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